El pasado martes acudimos a feria ACCOUNTEX, que en su segunda edición había generado mucha expectativa en torno a las novedades de la implementación de la factura electrónica en el tejido empresarial español.
La ponencia inaugural se desarrolló de la mano de Javier Hurtado, director del departamento de inspección financiera y tributaria (Ministerio de Hacienda) e Iker Beraza, vocal asesor Ministerio de Economía y Transformación Digital, quienes confrontaron el estado del desarrollo normativo, ámbito de actuación, objetivos y diferencias entre las Leyes Crea y Crece (Ministerio Economía) y Ley “antifraude” (Agencia Tributaria).
Destacar que, por el devenir de los procesos parlamentarios y su posterior paso por el futuro Consejo de Ministros del gobierno en formación, no se espera que los reglamentos vean la luz antes de febrero de 2024. Por estas circunstancias, se anunció el necesario aplazamiento de entrada en vigor de un año para el común de las pymes a la primavera de 2025. En este mismo acto y aludiendo a las ayudas del Kit Digital aplicables a esta adaptación de las empresas, se dejó en el aire la posibilidad de una cuarta convocatoria que apoye de manera específica este importante hito.
En la efectividad de la obligación de emisión de factura electrónica hay que distinguir dos grandes bloques. En el primero estarían comprendidas las empresas que facturen más de ocho millones de euros, que por ende, ya tienen obligación de aplicar el SII (Servicio de Información Inmediata). Este bloque ya cumple con la obligación de comunicación de datos tributarios con este sistema tributario. Y un segundo bloque, facturación anual que no llega a estos ocho millones, en el que estarían incluidas más del 95% de las pymes españolas. Para ellas se establece un periodo transitorio de adaptación que nos lleva a abril de 2025 (aprox.) para que el registro y conocimiento de las facturas electrónicas por parte de la Agencia Tributaria sea una realidad, dando cumplimiento así a las directivas que vienen de Europa. En este proceso se contempla el sistema Verifactu, ya en uso en algunas comunidades autónomas.
España se une de esta manera al grupo de países que como Italia, ya tienen instaurado un sistema público de interoperabilidad. Se prevé que, a través de una plataforma pública y gratuita dependiente de la Agencia Tributaria se facilitará el cumplimiento de puesta a disposición de los documentos factura en las transacciones mercantiles (formato factura_e usado en FACE). Esta plataforma, según se enuncia en el reglamento en curso, convivirá con el sistema de plataformas de intercambio de pago ya existentes.
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